lunes, 28 de abril de 2008

Separación de Poderes y Republica

Documento entregado por la oposición al presidente de la Suprema Corte de Justicia:
28.04.2008
"Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre particulares". El Espíritu de las Leyes, Montesquieu
Desde la génesis misma de nuestra República, la separación de Poderes constituye la garantía fundamental de la libertad de los ciudadanos. Cualquier menosprecio o condicionamiento a ese principio básico cuestiona la esencia misma del sistema de valores que vertebran el Estado de Derecho: el Poder Ejecutivo sobre el que recae la tarea de gobernar y hacer cumplir la Constitución y las Leyes, el Poder Legislativo que aprueba las Leyes y controla los actos de gobierno y el Poder Judicial que administra justicia.
Tal como enseña el Dr. Justino Jiménez de Aréchaga, "La separación de poderes está consagrada en cuanto coexisten distintos centros de autoridad que reciben sus competencias de la Constitución, la cual les marca un ámbito de incumbencia que les es propio y que supone el ejercicio predominante de cada una de las funciones jurídicas del Estado por cada uno de ellos, dentro del cual, en cuanto se conformen las normas de grado superior (las que les fijan sus competencias, formas de actuar y fines a perseguir), sus decisiones, no pueden ser sometidas a contralor de oportunidad o conveniencia por parte de órganos integrantes de otros centros de autoridad". Con la misma convicción que reafirmamos el derecho de todos los ciudadanos a comentar los actos emanados de cualquiera de los Poderes del Estado, reclamamos el acatamiento en toda su dimensión de los fallos del Poder Judicial.Por tales razones, nos hemos convocado a concentrarnos frente a su sede, para respaldar con nuestra presencia, la independencia del Poder Judicial, y rechazar todo intento de sojuzgamiento a la Administración de Justicia.
Montevideo, abril 28 de 2008.

viernes, 25 de abril de 2008

Padron Electoral Eleccion Joven 2º Orden - Circuito


ELECCIONES de Segundo Orden Elección Miembros Jóvenes Comité Ejecutivo Nacional y Comité Ejecutivo Departamental. 26 ABRIL 2008.

Horario de votación: A PARTIR DE LAS 11:00 HS. A LAS 17.00
CIRCUITO UNICO: TOMATO 2 - Calle 3 de Febrero y Rincón -MALDONADO.

Padrón Convencionales Nacionales:

NACIONALES

1) FLORES FACUNDO
2) MENDOZA CRISTIAN
3) PEREYRA NATALIA
4) RODRIGUEZ AGUSTIN
5) SANABRIA FRANCISCO
6) SENA MATIAS
7) SILVERA SEBASTIAN
8) ZEBALLOS NICOLAS
9) ZUASNABAR MAURICIO




Padrón Convencionales Departamentales:
DEPARTAMENTALES

1) CARLOS ALTEZ
2) ARRUTTI JORGE
3) FACUNDO FLORES
4) GONZALEZ GERMAN
5) GRIECO DIEGO
6) LARROSA RODRIGO
7) MENDOZA CRISTIAN
8) PEREIRA NICOLAS
9) PEREIRA SOFIA
10) PEREYRA FERNANDO
11) PEREYRA NATALIA
12) PIRIZ ADRIAN
13) RODRIGUEZ AGUSTIN
14) SANABRIA FRANCISCO
15) SILVERA FEDERICO
16) ZEBALLOS NICOLAS
17) ZUASNABAR MAURICIO

miércoles, 2 de abril de 2008

Declaración Comite Ejecutivo Nacional





Partido Colorado



Montevideo, 02 de abril de 2008.

DECLARACIÓN DEL CEN COLORADO


El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado en su

sesión de esta mañana aprobó la declaración que a

continuación se transcribe:


Ante las amenazas de juicio político a integrantes de la

Suprema Corte de Justicia, proferidas por legisladores de

la bancada de gobierno en reacción contra la sentencia de

dicho órgano que declaran inconstitucional la aplicación a

los pasivos del IRPF, el Comité Ejecutivo Nacional del

Partido Colorado


Declara:

1º. Que la independencia del Poder Judicial, el respeto a los jueces y el acatamiento de sus decisiones son componentes fundamentales del Estado de Derecho.

2º. Que los intentos de presionar a la Suprema Corte de Justicia cuando está resolviendo causas que interesan a miles de uruguayos, deben merecer el rupudio de todos los ciudadanos de convicciones republicanas y democráticas por encima de cualquiera diferencia partidaria o ideológica.